a.- Podrán tomar parte en la competición todos los miembros de los equipos que hayan formalizado correctamente la solicitud de inscripción a la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA, organizado por el Club Fútbol Sala Burriana y por el Servei Municipal d’Esports de Burriana.
b.- Para poder participar en la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA, se deberá superar los 16 años de edad en el momento de inicio del campeonato.
a.- Para realizar la inscripción deberán solicitar información en el Pabellón Municipal La Bosca o en las oficinas del Servei Municipal d’Esports de Burriana.
b.- Deberán rellenar y abonar la hoja de autoliquidación que le será facilitada en dichas oficinas, debiendo posteriormente presentar la siguiente documentación:
· 1 fotografía color original tamaño carnet ( no se aceptan fotocopias )
· Fotocopia del D.N.I.
· Relación nominal de jugadores del equipo
3.- INSTALACIONES Y MATERIAL:
a.- Todos los participantes deben respetar las normas de instalaciones y hacer buen uso de las mismas y del material que la organización del Torneo ponga a su disposición.
Todos los infractores de la presente norma se les podrá abrir un expediente y expulsarles de la competición.
a.- Todos los participantes tienen la obligación de comportarse cívicamente, tanto en el campo de juego como fuera de él, con total corrección hacia sus compañeros, árbitros o jueces, público y responsables de la organización.
a.- La organización la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA, NO dispone de un Seguro de accidentes, por lo que ante cualquier tipo de lesión producida por la participación en esta competición correrá a cuenta del propio jugador.
a.- Todos los equipos que se formen llevarán el nombre que sus jugadores designen, siempre que sea respetuoso y no hagan referencias discriminatorias. La organización del Torneo no admitirá nombres que atenten a la integridad personal o hieran la sensibilidad.
b.- El número de equipos para la organización de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA es de 8 equipos como mínimo y 16 como máximo.
a.- El mínimo de jugadores por equipos a inscribir será de 10 jugadores, no habiendo límite máximo siempre que realicen correctamente su inscripción la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA.
a.- Se respetará escrupulosamente, tanto las jornadas como el orden de celebración de los partidos.
b.- La organización podrá modificar el calendario de la competición para adaptarlo a las circunstancias que puedan afectarle.
9.- APLAZAMIENTOS DE PARTIDOS:
a.- Únicamente se realizará el aplazamiento de uno o varios encuentros si por motivos de fuerza mayor la Organización del Torneo así lo decidiese.
b.- La Organización del Torneo tiene previstas en el calendario fechas para disputar esos partidos aplazados. En caso de que estas fechas no fueran suficientes los partidos se disputarían a lo largo de la tarde del sábado.
c.- Cuando se tuviera que suspender un partido, la Organización del Torneo se encargará de comunicar la decisión de suspender, así como la fecha en la que se tendrá que disputar el partido, a los responsables de los equipos implicados, siendo de éstos la obligación de comunicar dicha decisión al resto de los integrantes de su equipo.
10.- ORGANIZACIÓN DEL TORNEO:
a.- El Club Fútbol Sala Burriana y el Servei Municipal d’Esports de Burriana organizarán este Torneo en función de las inscripciones de equipos (mínimo 8 equipos y máximo 16 equipos) o jugadores (mínimo 10 jugadores por equipo con un máximo ilimitado), de las instalaciones deportivas disponibles, del plazo de tiempo, pudiendo anular el Torneo si no existiese un mínimo de inscripciones que garanticen el normal desarrollo de la misma o por cualquier otra circunstancia.
b- El calendario de la competición, resultados, clasificaciones, decisiones del Comité de Competición y Apelación serán comunicados a los responsables de los equipos, siendo responsabilidad de éstos, informar a los jugadores.
11.- SISTEMA DE COMPETICIÓN:
a.- Dependiendo del número de inscripciones se procederá a la formación de los grupos necesarios y se determinara el sistema de competición en función de estas inscripciones.
b.- Los partidos se disputaran de acuerdo a las Reglas de Juego para el Fútbol Sala de la R.F.E.F. de la presente temporada.
c.- El tiempo de juego de cada partido será de 40 minutos, divididos en 2 partes iguales de 20 minutos a reloj corrido, exceptuando el último que será a reloj parado. El intervalo entre las 2 partes será de 5 minutos.
d.- El número máximo de jugadores inscritos en acta será de doce, permitiéndose un número indeterminado de sustituciones, pudiendo un jugador reemplazado volver nuevamente a la pista de juego. Las sustituciones, se harán conforme a las Reglas de Juego, serán volantes y sin necesidad de parar el juego.
e.- Cada partido comenzará a partir de la hora en punto fijada. Los equipos deberán presentarse en la instalación donde se celebre la competición con un tiempo de antelación respecto a la hora fijada del comienzo de al menos veinte minutos. Se considerará un periodo de cinco minutos de cortesía para la celebración del o de los encuentros. Transcurrido el tiempo indicado se considerará al equipo o a los equipos como no presentados.
f.- Así mismo si durante estos cinco minutos de cortesía un equipo no presenta el número mínimo de jugadores para poder disputar el encuentro este contará como no presentado. El número mínimo de jugadores de un equipo para poder disputar un partido es de 5 ( cinco ).
g.- Todos los partidos deben disputarse dentro del tiempo en el que han sido programados, de ahí la puntualidad exigida.
h.- En las competiciones que se desarrollen por el sistema de puntos, la clasificación final se establecerá con arreglo a los obtenidos por cada uno de los equipos participantes, a razón de tres por partido ganado, uno por empatado y cero por perdido.
i.- Si a la finalización del campeonato se produjese empate entre dos equipos, el mismo se resolverá por la mayor diferencia de goles a favor, sumados los en pro y en contra según el resultado de los dos partidos jugados entre ellos; si así no se dilucidase, se decidirá por la mayor diferencia de goles a favor y en contra, pero teniendo en cuenta todos los obtenidos y recibidos en el transcurso de la competición; de ser idéntica la diferencia, resultará mejor clasificado el que hubiese marcado más goles.
j.- Si el empate se produjera entre más de dos equipos se resolverá:
1) Por la mejor puntuación de la que a cada uno le corresponda a tenor de los resultados obtenidos entre ellos, como si los demás no hubieran participado.
2) Por la mayor diferencia de goles a favor y en contra, considerando únicamente, los partidos jugados entre sí por los equipos empatados.
3) Por la mayor diferencia de goles obtenidos y recibidos, teniendo en cuenta todos los encuentros del campeonato; y siendo aquella idéntica, a favor del equipo que hubiese marcado más goles.
Las normas que establece el párrafo anterior se aplicarán por su orden y con carácter excluyente, de tal forma que si una de ellas resolviera el empate de alguno de los equipos implicados, este quedará excluido, aplicándose a los demás las que correspondan, según su número sea de dos o más.
k.- Si la competición se hubiese celebrado a una vuelta y el empate a puntos en la clasificación final, se produjese entre dos o más equipos, se resolverá:
1) Por la mayor diferencia de goles obtenidos y recibidos, teniendo en cuenta todos los encuentros de la competición.
2) Por el mayor número de goles marcados, teniendo en cuenta todos los conseguidos en la competición.
3) Por el resultado del o de los partidos jugados entre ellos.
l.- Si persistiese el empate una vez aplicadas las normas anteriores, se celebrará un partido de desempate en la fecha y pabellón que determine el órgano competente y en el supuesto de no ser posible por cuestiones de fecha o ser más de dos los equipos empatados se tendrá en cuenta a los que tengan menor número de faltas acumuladas en los partidos jugados entre ellos y si aún así no se resolviese/n el/los empate/s se resolverá a favor de los equipos que obtengan el menor coeficiente resultante de sumar todas las edades de los jugadores que hayan sido alineados.
m.- Para resolver la clasificación entre equipos situados en igual puesto pero en diferente grupo de la misma división, se tendrá en cuenta:
1) El mayor cociente obtenido al dividir los puntos entre los partidos jugados.
2) El mayor cociente obtenido al dividir la diferencia de goles a favor y en contra, por los partidos jugados.
c) El mayor cociente resultante de dividir los goles a favor entre los partidos jugados.
Las normas anteriores se aplicarán por su orden y con carácter excluyente, de tal manera que si una de ellas resolviera el empate de alguno de los clubes o selecciones implicados, este quedará excluido, aplicándose a los demás las que correspondan, según su número sea dos o más.
n.- En los partidos por eliminatorias, en caso de empate a goles, se celebrara inmediatamente una prorroga de 5 minutos sin descanso y con sorteo previo para la elección de portería. Si finalizada esta prórroga no se resolviera la igualdad, esto es que continuase el empate, se procederá a una serie de lanzamientos desde el punto penal, según las Reglas de Juego de la FIFA:
• el árbitro deberá elegir la meta en que se lanzarán los tiros penales,
• el árbitro lanzará una moneda y el equipo cuyo capitán gane el sorteo decidirá si ejecuta el primer o el segundo tiro,
• el árbitro y el cronometrador anotarán todos los tiros lanzados,
• sujeto a las condiciones estipuladas más abajo, cada equipo lanzará cinco tiros,
• si antes de que ambos equipos hayan ejecutado sus cinco tiros, uno ha marcado mas goles de los que el otro pudiera anotar aún completando sus cinco tiros, la ejecución de los mismos se dará por terminada,
• si ambos equipos han ejecutado sus cinco tiros, marcando la misma cantidad de goles o sin marcar ninguno, la ejecución de los tiros deberá continuar en el mismo orden hasta que un equipo haya marcado un gol más que el otro tras lanzar el mismo número de tiros,
• todos los jugadores y sustitutos estarán autorizados a ejecutar los tiros penales,
• cada tiro deberá ser ejecutado por un jugador diferente y todos los jugadores elegibles deberán lanzar un tiro antes de que uno de ellos pueda lanzar un segundo tiro,
• cualquier jugador elegible podrá cambiar de puesto con el guardameta en todo momento durante la ejecución de los tiros,
• solamente los jugadores elegibles y los árbitros podrán encontrarse en la superficie de juego cuando se ejecutan los tiros desde el punto penal,
• todos los jugadores elegibles, exceptuando el jugador que lanzará el tiro penal y los dos guardametas, deben permanecer en la otra mitad del campo, junto al tercer árbitro,
• el guardameta que es compañero del ejecutante deberá permanecer en la superficie de juego, fuera del área penal en la que se ejecutan los tiros, en la intersección de la línea de meta con la línea que se extiende perpendicular a la línea de meta (línea del área penal),
• si, al finalizar el partido, un equipo tiene más jugadores, entre titulares y sustitutos, que su adversario, deberá reducir su número para equipararse al equipo contrario, y comunicar al árbitro el nombre y el número de cada jugador excluido. El capitán del equipo será el responsable de esta tarea,
• antes de comenzar con el lanzamiento de tiros desde el punto penal, el árbitro se asegurará de que permanezcan dentro del campo adversario al de ejecución el mismo número de jugadores elegibles por equipo para lanzar los tiros penales.
o.- El trofeo a la deportividad lo conseguirá el equipo que a la finalización de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA haya logrado el menor número de puntos, computándose los puntos de la siguiente manera:
• falta 1 punto
• tarjeta amarilla 3 puntos
• doble tarjeta amarilla 6 puntos
• tarjeta roja directa 7 puntos
• por cada partido de sanción impuesto por el comité de competición 7 puntos
12.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA UNO DE LOS ENCUENTROS:
a.- Será obligatorio comparecer en la cancha del juego provisto de la correspondiente licencia expedida para la participación del Torneo.
b.- El responsable de cada equipo, facilitará al arbitro del partido 10 (diez) minutos antes del comienzo, las licencias expedidas por la Organización del Torneo de los jugadores que están presentes para la disputa del partido, al igual que indicarán el numero de dorsal de cada uno de los participantes.
13.- PLAZO DE ALTA DE LOS PARTICIPANTES:
a.- El plazo de alta de los participantes será hasta que concluya la 1ª fase o vuelta del campeonato.
b.- Un participante dado de alta en un equipo inscrito en esta edición de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA no podrá darse de alta en otro equipo que también participe en esta LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA.
c.- Una vez finalizado el periodo de inscripción no se admitirá ningún cambio en la confección de los equipos, es decir, cada jugador que tenga que entrar nuevo en la lista de jugadores, abonara la cantidad de 36 €, que esta desglosado por los siguientes conceptos: 24 € en concepto de tasa de participación y 12 € en concepto de arbitraje.
d.- Siempre que se realice un alta al campeonato se abonará íntegramente la tasa del campeonato independientemente del momento del campeonato en que se realice dicha alta.
a.- Todos los equipos participantes deberán ir debidamente uniformados.
b.- Al dorso de la camiseta de cada jugador, deberá figurar el número de dorsal que le corresponda.
c- En el caso de coincidencia de colores, que a juicio de los árbitros puedan inducir a confusión en la identificación de los jugadores, cambiarán de color los jugadores del equipo citado en segundo lugar del calendario, debiendo jugar con un segundo equipaje o con petos de distinto color aportados y en posesión de los responsables de la Organización del Torneo.
d- En ningún caso se suspenderá un encuentro por falta de uniformidad. En este caso el equipo arbitral presentará un informe al Comité de Competición, que resolverá el caso según las normas establecidas.
e.- La publicidad que exhiban los jugadores sólo podrá consistir en un emblema o símbolo de la marca comercial y bajo el mismo palabras o siglas alusivas a aquella.
15.- COMITÉ DE COMPETICIÓN.
El Comité de Competición es el órgano que, con total independencia y autonomía, resolverá las cuestiones suscitadas en materia de disciplina deportiva y cualquier otra circunstancia, en las competiciones convocadas y organizadas por el área de competición.
Corresponde al Comité de Competición:
a.- Velar por la pureza de la Competición.
b.- Aprobar los resultados de los encuentros.
c.- Aprobar y modificar el calendario de competiciones.
d.- Sancionar a los equipos, jugadores y delegados por actos constitutivos de sanción, aplicando el reglamento de competición y sancionador, pudiéndose apoyar en los propios de cada modalidad deportiva.
e.- Hacer pública las resoluciones y fallos de este Comité.
16.- REGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 1º.-
El Comité de Competición de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA esta formado por un representante del Servei Municipal d’Esports de Burriana y por un representante del Club Fútbol Sala Burriana. ( De aquí en adelante Comité de Competición )
Artículo 2º.-
El Comité de Competición será competente en materia disciplinaria para aquellas personas o equipos dependientes directamente de la organización de sus actividades y competiciones.
Artículo 3º.-
En competición de liga, será el Comité de Competición el encargado de aplicar el régimen disciplinario.
Artículo 4º.-
En competiciones suplementarias (tipo eliminatoria de copa, etc.) si se celebrasen, será el Comité de Competición el que aplicarán la Normativa y resolverá los correspondientes recursos.
Artículo 5º.-
La última instancia será el Comité de Apelación quién decidirá sobre la procedencia de los recursos presentados.
Artículo 6º.-
El Comité de Apelación estará formado por dos miembros del Comité Organizador y por un representante del Colectivo Arbitral.
Artículo 7º.-
Cuando una sanción implique la suspensión de varios partidos, se entenderá la prohibición de intervenir en tantos encuentros oficiales como indique la sanción, por el orden natural en que estos tengan lugar, independientemente de que algún aplazamiento o suspensión hayan alterado el orden del calendario establecido al principio de la temporada.
Artículo 8º.-
Si la temporada terminase cuando aún no se hubiesen cumplido los partidos de sanción, aquellos que quedaran pendientes de cumplir, tendrán vigencia en la próxima temporada, aunque se hubiese cambiado de equipo.
Artículo 9º.-
No se computarán a efectos de suspensión los partidos que se aplacen a otra fecha, los suspendidos por incomparecencia del contrario o cualquier otra causa que impida jugar el encuentro de forma normal.
Artículo 10º.-
Sí se computarán, a estos mismos efectos, aquellos que una vez empezados, se suspendieran para reanudarlos en fecha posterior.
Artículo 11º.-
Si la suspensión fuera por tiempo, se entenderá para toda clase de encuentros oficiales dentro de ese período y deberá cumplirse dentro de los meses correspondientes a la temporada, siendo también de aplicación en este caso lo dispuesto en el artículo 10.
Artículo 12º.-
En los casos en que la suspensión fuese por un período igual o superior a un año se entenderá este tiempo como la duración de este Campeonato y en meses naturales, es decir, si se sanciona para un año al final de una edición de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA esta sanción perdurará durante el final de esta edición y los meses restantes se llevará a cabo en la edición posterior.
Artículo 13º.-
Si de un mismo hecho o de hechos simultáneos o sucesivos se derivasen dos o más faltas, serán sancionadas cada una de ellas de forma independiente.
Artículo 14º.-
Para poder calificar con precisión los hechos consignados en las Actas de los partidos o en las denuncias efectuadas por terceros, se deberá explicar con todo rigor y detalle datos, referencias, testigos, etc., que puedan ayudar al completo esclarecimiento de los mismos y de esta forma establecer las agravantes, atenuantes o eximentes que determinen el grado exacto de la sanción. El árbitro no deberá calificar los hechos, sino describir lo sucedido.
Artículo 15º.-
El equipo que presente para disputar un encuentro a un jugador cuya alineación sea indebida o no sea correcta, le será dado por perdido, con el resultado de seis goles a cero (6-0), salvo que el equipo contrario hubiese resultado vencedor por una diferencia mayor de goles.
Artículo 16º.-
El equipo que presente para disputar un encuentro un número inferior a 5 ( cinco ) jugadores no podrá disputar el mismo siendo considerado éste como no presentado.
Artículo 17º.-
La agresión colectiva de un equipo al árbitro, cronometrador, delegado, entrenador, equipo contrario, autoridades o público en general, con alteración del orden público, será motivo de expulsión del equipo agresor perdiendo además la categoría. No se le permitirá actuar en la siguiente edición, pudiendo esta sanción prolongarse en el tiempo.
17.- INFRACCIONES, TIPIFICACIONES Y SANCIONES.
a.- Las presentes sanciones se aplicarán con independencia de aquellas que el propio reglamento federativo señale, lo que no significa que no puedan ser complementarias de las presentes.
b.- Las infracciones pueden ser muy graves, graves y leves.
17.1.- INFRACCIONES MUY GRAVES.
Se considerarán infracciones muy graves:
a.- Los abusos de autoridad.
b.- Los quebrantamientos de sanciones impuestas.
c.- Las actuaciones dirigidas a predeterminar mediante precio, intimidación o simples acuerdos, el resultado de una prueba o composición.
d.- Los comportamientos, actitudes y gestos de violencia y antideportivos de jugadores, cuando se dirijan hacia la organización, el árbitro, a otros jugadores o al público, así como las declaraciones de técnicos, árbitros, deportistas y responsables que inciten a sus equipos o espectadores a la violencia.
e.- Agresión directa a un contrario, repetida y altamente lesiva cometida por los jugadores durante un encuentro.
f.- La incitación a deportistas, acompañantes o público hacia actitudes antideportivas y/o la participación en actitudes de hostigamiento, por los entrenadores.
g.- La agresión o coacción hacia el árbitro o equipo contrario, por los entrenadores y jugadores.
h.- La intervención de personas de alguna entidad participante en disturbios, insultos, coacciones que se produzcan antes o durante el encuentro, así como la falta de cooperación con los árbitros para lograr que el partido discurra por los debidos cauces deportivos.
i.- La alienación indebida, incomparecencia y retirada de un equipo.
j.- Insultos, amenazas o actitudes coactivas hacia los árbitros, directivos o público cometido por los jugadores, entrenadores o delegados, durante el desarrollo de un encuentro.
k.- Incitar al público o a otros jugadores, con gestos o palabras, contra el normal desarrollo de un encuentro.
17.2.- INFRACCIONES GRAVES.
Se considerarán infracciones graves:
a.- El incumplimiento reiterado de órdenes o instrucciones emanadas del Comité de Organización de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA.
b.- Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoros deportivos.
c.- Comportamiento incorrecto, o gestos antideportivos cometidos por los jugadores durante un encuentro.
d.- Agresión directa a un contrario, cometida por los jugadores en el transcurso del partido, sin que por la acción resulte daño o lesión.
e.- Los gritos, amenazas, gestos o actitudes de menosprecio durante la celebración de un encuentro, en contra de la deportividad y armonía en el desarrollo del mismo, por los jugadores, entrenadores y delegados.
f.- Las faltas de los entrenadores y delegados en el cumplimiento de sus funciones específicas, antes, durante y después del encuentro, en relación con el árbitro y equipo contrario.
17.3.- INFRACCIONES LEVES.
Se considerarán infracciones leves:
a.- Las acciones u omisiones que supongan incumplimiento de las normas de conducta deportiva, o de las reglas de juego, por negligencia o descuido inexcusable, que no estén incluidas en la calificación de muy grave o graves.
b.- Maltrato de material o instalaciones deportivas.
1.- MUY GRAVES
Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con multa, suspensión de entre 5 ( cinco ) y 10 ( diez ) encuentros o inhabilitación, que podría llegar a ser indefinida.
Así mismo podrán imponerse en los supuestos de alienación indebida, incomparecencias reiteradas y suspensiones de encuentro, la descalificación o pérdida del encuentro y el descuento en la puntuación en los términos y en las proporcionalidades que inmediatamente se precisan:
ALIENACIÓN INDEBIDA:
· Pérdida del encuentro y descuento al equipo infractor de un punto en la clasificación.
· Si el equipo fue vencido por un resultado superior se mantendrá el resultado.
· Si el equipo fue vencedor, se establecerá el resultado final que marquen las reglas técnicas del deporte en cuestión ( 6 – 0 )
Para determinar una alienación indebida, el Comité de Competición podrá actuar de oficio, en todo momento y sin requisito de plazo.
INCOMPARECENCIAS: El equipo que no comparezca a un encuentro a la hora señalada en el calendario, se le sancionará como sigue:
· Pérdida del partido por el resultado de 6 – 0 en contra y un punto de descuento en la clasificación.
· Si fuese la segunda vez en la misma Competición, llevaría consigo la eliminación de la competición
· En el caso de ser una competición o fase por eliminatoria y no se presentase quedará eliminado directamente.
· Cuando un equipo presente un número insuficiente de jugadores para la disputa del partido, se considerará a los efectos de esta norma, como incomparecencia.
RETIRADAS: Una vez confeccionado el oportuno calendario, pero no iniciada la competición, aquel equipo que se retire podrá ser sancionado desde amonestación hasta prohibición de participar en la siguiente edición.
Si la retirada se produce una vez iniciada la competición se le sancionará con la prohibición de participar en la siguiente edición.
La validez o no de los encuentros celebrados se regirá por lo que marque el Comité de Organización de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA.
En ningún caso una vez comenzada la competición se devolverá la cantidad económica aportada para realizar la inscripción, ni a la totalidad del equipo ni a un jugador en solitario.
SUSPENSIONES: Cuando un encuentro se tenga que suspender por la actitud de uno de los dos equipos o de sus acompañantes, se dará por perdido el encuentro, con descuento de un punto. En el caso de ser eliminatoria quedará descalificado directamente.
2.- GRAVES
Las infracciones graves serán sancionadas con la suspensión de entre 2 ( dos ) hasta 5 ( cinco ) encuentros.
3.- LEVES
Las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación y suspensión entre 1 ( uno ) y 2 (dos) encuentros.
19.- SANCIONES AL JUGADOR.
a.- Doble tarjeta amarilla o tarjeta roja durante el transcurso de un encuentro será sancionado con la imposibilidad de continuar en el terreno de juego mientras dure ese encuentro y la imposibilidad de que entre un compañero en su lugar, quedando su equipo en inferioridad hasta que las reglas de juego determine que pueda participar en el mismo un compañero.
b.- En el caso de recibir una expulsión con tarjeta roja directa será sancionada :
· Por insultos sancionada con 2 ( dos ) partidos
· Agresión a un contrario sin producirle lesión será tipificada como grave y sancionada con un mínimo de 3 ( tres ) partidos
· Agresión a un contrario produciéndole lesión será tipificada como muy grave y sancionada con un mínimo 5 ( cinco ) partido
20.- SANCIONES AL EQUIPO.
a.- No aportar el balón de juego a un encuentro, siendo el equipo que ejerce de local, será tipificada como leve y sancionada con la pérdida de 1 ( uno ) punto en la clasificación.
b.- La segunda ocasión que esto suceda será tipificada como grave y se sancionará con la pérdida de 3 ( tres ) puntos en la clasificación.
c.- La tercera vez será tipificada como falta muy grave suponiendo la expulsión del campeonato .
d.- Incomparecencias ( ver apartado "Incomparecencias" del punto 17 )
21.- CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.
a.- Aceptar inmediatamente la sanción que el árbitro o juez haya podido imponer como consecuencia de la falta.
b.- Haber demostrado el infractor su arrepentimiento de modo ostensible e inmediato a la comisión de la falta.
c.- No haber sido sancionado anteriormente.
22.- CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.
a.- Ser reincidente.
b.- Iniciar al público en apoyo de la infracción.
c.- Haber provocado el apoyo tumultuario de otras personas.
d.- Ser causante con su falta de graves anomalías en el desarrollo de las actividades o de otras consecuencias negativas.
e.- Rebelarse contra las decisiones de árbitros y jueces.
a.- Contra las resoluciones dictadas por el Comité de Competición podrá interponerse recurso ante el Comité de Apelación en el plazo máximo de 48 horas contadas a partir de la hora y fecha que indique el fallo del Comité.
b.- Las resoluciones dictadas por el Comité de Apelación agotan la posibilidad de recurso.
24.- DISPOSICIONES FINALES.
a.- La interpretación de la presente Normativa de Competición, corresponderá a la Organización de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA.
b.- La organización, como el desarrollo, se regirán, específicamente, por las disposiciones contenidas en la presente Normativa de Competición de la LIGA LOCAL DE FÚTBOL SALA 2.008-2.009 DE BURRIANA, para todas las demás Normas que no estén recogidas en la presente, se regirán por el Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol sin perjuicio, desde luego, de las que conforman la presente Normativa de Competición.
c.- El sólo hecho de inscribirse supone la aceptación de la presente Normativa de Competición.